No confundirse, el remito electrónico del COT que algunas provincias tienen, es 
la mera información de los remitos que van a estar en viaje (algo así como el 
citi  compras y ventas).

 

Saludos

 

Pablo Sigüenza

 

De: [email protected] [mailto:[email protected]] En nombre de Esteban H
Enviado el: lunes, 13 de julio de 2015 04:04 p.m.
Para: GUFA List Member
Asunto: [GUFA] FACTURA ELECTRNICA - REMITOS

 

Hola.

 

Así es Fabricio. Yo tb tengo de cliente empresas q emiten remitos R y todos 
llevan CAI y Fecha de Vencimiento otorgada x Afip en autorización a esos 
comprobantes antes q la imprenta los emita.

Los remitos no se pueden emitir en forma electrónica autorizando x WS de Afip, 
aún esto no es posible. 

El remito electrónico es otro historia y este concepto lo aplica Arba en 
autorización del COT.

 

Saludos.

 

Esteban.

 

De: [email protected] [mailto:[email protected]] En nombre de FabGUFA
Enviado el: lunes, 13 de julio de 2015 11:20 a.m.
Para: GUFA List Member
Asunto: [GUFA] FACTURA ELECTRNICA - REMITOS

 

Entiendo que el CAI del remito es independiente al de la factura.  Según lo que 
leí en su momento es que cada comprobante que tenga implicancia en los montos 
(F, NC, ND) que se emita debe tener autorización por parte de AFIP.  Si bien 
los remitos no informan obligatoriamente montos, seguramente van asociados a un 
comprobante de F, NC o ND, por lo tanto de manera indirecta les llega el 
control (con menos restricciones que los comprobantes de montos).  Por eso es 
que ya sea que los imprima una imprenta o sea autoimpreso, el Remito debe tener 
su propio CAI.

 

Saludos

Fabricio A. Bridera

 

De: [email protected] [mailto:[email protected]] En nombre de Ruben Duarte
Enviado el: Lunes, 13 de Julio de 2015 10:57 a.m.
Para: GUFA List Member
Asunto: [GUFA] FACTURA ELECTRNICA - REMITOS

 

Pero el CAI corresponde a la autorización de una factura, que pasa en el caso 
de que se entregue mercadería y se factura con posterioridad? que CAI se 
informa en ese remito ? 

 

 

Enviado de Samsung Mobile

 

-------- Mensaje original --------

De: FabGUFA 

Fecha:13/07/2015 10:43 (GMT-03:00) 

Para: GUFA List Member 

Asunto: [GUFA] FACTURA ELECTRNICA - REMITOS 

 

Entiendo que si se sigue con la numeración preimpresa (con el punto de venta 
que se llevaba preimpreso) lo debe hacer la imprenta.  Si se va a acceder a la 
opción de autoimprimir hay que pedir autorizaciones de CAI para los puntos de 
venta nuevos a usar.  Por lo menos en 2 de las empresas donde trabajo, se hace 
así.

 

El código de barras cuando se autoimprime no hace falta, ¿seguro que el CAI y 
fecha de vencimiento tampoco? En una de las empresas, desde el Dpto. Contable 
me dijeron que no había que imprimir el código de barras, pero sí el CAI 
(número) y la fecha de vencimiento.

 

Saludos

Fabricio A. Bridera

 

De: [email protected] [mailto:[email protected]] En nombre de Rafael Copquin
Enviado el: Lunes, 13 de Julio de 2015 07:30 a.m.
Para: GUFA List Member
Asunto: [GUFA] FACTURA ELECTRNICA - REMITOS

 

Esto me aclara más las cosas, y resumo lo que entiendo hasta acá:

No hay que poner el CAI
No lleva el código de barras
Lleva la letra R con código AFIP 91

¿pero qué hay de la numeración? ¿Se puede seguir la que venía llevando el 
remito preimpreso? ¿O se puede empezar desde 1? 

Gracias otra vez
Rafael Copquin

El 11/07/2015 a las 10:05, Claudio Segretin escribió:

Los remitos no cambian en nada. Inclusive, la AFIP no autoriza la impresión, 
por parte de las imprentas, de estos para el mismo punto de venta de la factura 
electrónica. 

 

 




Saludos cordiales,

 

Lic. Claudio E. Segretin.

EFI Consultora

Tel.: 011-52529972

Cel.: 011-44166381

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proceda a su destrucción.

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El 10 de julio de 2015, 8:07, Rafael Copquin <[email protected]> 
escribió:

Varios de mis clientes quieren emitir el remito junto con la factura 
electrónica. Pero no tengo claro cuáles son los requisitos/disposiciones, etc 
que regulan la emisión del remito.

Por ejemplo:

1.      ¿La numeración debe seguir la del talonario manual, o se puede empezar 
desde uno?
2.      ¿Es necesario poner el CAI y su fecha de vencimiento, que es la que hoy 
figura en el talonario preimpreso?
3.      ¿lleva el código de barras, como en la FE?
4.      ¿Se le pone letra R o letra X?
5.      ¿el código del comprobante es 91, como figura en el talonario 
preimpreso?

¿qué otras cosas debo tener en cuenta antes de emitir el remito junto con la 
factura electrónica?

Gracias anticipadas

Rafael Copquin

 

 

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