On Mon, 2007-12-17 at 08:54 -0300, Jens Hardings wrote: > On Sat, 2007-12-15 at 08:46 -0300, Germán Poó-Caamaño wrote: > > > Lee la normativa de la Dirección del Trabajo, precisamente aborda > > esos temas. > > > > El correo de trabajo se considera equivalente al escritorio o > > puesto de trabajo o tener un casillero con llave. De uso > > personal y es ilegal intervenirlo. > > Eso no aparece en la normativa, o si? Lo que aparece es que, si existe > comunicación privada, entonces está protegida. Y también dice que quien > define el uso de los recursos es la empresa, entonces perfectamente > puede definir que el uso del correo electrónico es para uso profesional > y no privado ni personal. Con eso, pueden revisar el correo tanto como > quieran...
Te equivocas absolutamente, de hecho hace poco este tema se toco en una charla que dicto Vladimir Cobarrubias de la Bricib, donde era tajante que ninguna empresa podia adoptar este tipo de politcas, como tampoco pueden tomar control de manera remota de las maquinas sin que el usuario lo sepa. Saludos. -- Ismael Diaz

