Pablo Nicolás Baratto García wrote:

> On 7/10/06, Guillermo Lucchini <[EMAIL PROTECTED]> wrote:
>
>> Pablo Nicolás Baratto García wrote:
>>
>> > realmente no se donde preguntar dos cosas para una empresa q asesoro
>> >
>> > - Pimero, hay un programador que factura, freelances, que dice que él
>> > es dueño del sistema que produce y no de la empresa a la cual le
>> > factura
>> > Que amparo legal tiene la empresa que le paga al programdor para
>> > mostrale que el sistema no es suyo, sino de la empresa, ya que esta es
>> > la que le paga al programador... (por mas que este facture)
>> > Cabe destacar que no hay ningun contrato firmado entre la empresa y el
>> > progrmador, y la unica constancia que hay es la factura que presenta a
>> > fin de mes por el facturado de horas
>> >
>> > - Segunda, quiero ver si saben donde hay una explicasion simple y
>> > cencilla de la GPL
>> > y de como se aplica, pero en castellano
>> >
>> Hola Pablo:
>> Como abogado te recomiendo encarecidamente la consulta con algún colega.
>>
>> A modo de guía (y bajo ningún concepto evacuación de una consulta) te
>> transcribo el art. 2 de la ley 25.036 (modificatoria del la Ley de
>> Propiedad Intelectual):
>> Son titulares del derecho de propiedad intelectual: "d) Las personas
>> físicas o jurídicas cuyos dependientes contratados para elaborar un
>> programa de computación hubiesen producido un programa de computación en
>> el desempeño de sus funciones laborales, salvo estipulación en
>> contrario."
>>
> o sea q si vos contratas a alguien para q te haga algo pasas a ser el
> dueño indiscutiblemente a menos q halla un contrato q diga lo
> contratio, y como no
> hay nada q diga lo contrario asi seria!
>
> el tema de la consulta es a quien, xq la empresa tiene varios abogados
> pero ninguno entiende nada de software, ahora con estas dos leyes
> tengo un poco mas de referencias
>
>
>> Y también: el art. 82 de la Ley de Contrato de Trabajo: "Las invenciones
>> o descubrimientos personales del trabajador son propiedad de éste, aun
>> cuando se haya valido de instrumentos que no le pertenecen. Las
>> invenciones o descubrimientos que se deriven de los procedimientos
>> industriales, métodos o instalaciones del establecimiento o de
>> experimentaciones, investigaciones, mejoras o perfeccionamiento de los
>> ya empleados, son propiedad del empleador.Son igualmente de su propiedad
>> las invenciones o descubrimientos, fórmulas, diseños, materiales y
>> combinaciones que se obtengan habiendo sido el trabajador contratado con
>> tal objeto."
>>
> por ende como el progrmaa deriva de la operatoria diaria, mas q
> corroborado q son
> del empleador, no asi las funciones q halla hecho q le sirvan mas alla
> de las clases
> de negocio (q si las quiere q se las lleve, no nos jode)
>
>> Estos serían en principio los artículos que podrían regir la situación.
>> Sin embargo, y por eso recomiendo una consulta, la situación (como
>> cualquier situación jurídica) no es tan lineal como aparenta, y los
>> hechos a merituar probablemente sean más de los que vos decís en el
>> primer párrafo de tu pregunta.
>>
>> El segundo punto, la gpl. Amerita un email aparte. La interpretación y
>> aplicación de la misma es complicada. Sobre todo por  lo novedoso de la
>> cuestión (aunque ya se están encontrando libros jurídicos argentinos
>> sobre el software libre, actualmente estoy leyendo uno que es más bien
>> crítico de la gpl -y hasta nombra y cita a Stallman- pero que no me
>> termina de cerrar por las argumentaciones que hace el autor para
>> descalificar a la licencia y al software libre como movimiento).
>>
>> Ya me he extendido bastante asique:
>>
>> Saludos,
>> Guillermo.
>>
> exclente data!!! GRACIAS!!
>
> por cierto, si estas en capital y podemos hacerte la consulta a vos
> avisanos :D
>
>> -- 
>> Para desuscribirte tenés que visitar la página
>> https://listas.linux.org.ar/mailman/listinfo/lugar-gral/
>>
>> /* Publica y encontra trabajo relacionado con softlibre en
>> http://www.usla.org.ar/modules/jobs/ */
>>
>> Si tenés algún inconveniente o consulta escribí a
>> mailto:[EMAIL PROTECTED]
>>
>
>
Hola Pablo:
Yo no tengo ningún problema en que vengan al estudio, que está ubicado
en Capital Federal.
Si les interesa mandame un mail directamente a mi y te doy los datos de
contacto.

Saludos,
Guillermo.
-- 
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