Pablo Nicolás Baratto García wrote: > On 7/10/06, Guillermo Lucchini <[EMAIL PROTECTED]> wrote: > >> Pablo Nicolás Baratto García wrote: >> >> > realmente no se donde preguntar dos cosas para una empresa q asesoro >> > >> > - Pimero, hay un programador que factura, freelances, que dice que él >> > es dueño del sistema que produce y no de la empresa a la cual le >> > factura >> > Que amparo legal tiene la empresa que le paga al programdor para >> > mostrale que el sistema no es suyo, sino de la empresa, ya que esta es >> > la que le paga al programador... (por mas que este facture) >> > Cabe destacar que no hay ningun contrato firmado entre la empresa y el >> > progrmador, y la unica constancia que hay es la factura que presenta a >> > fin de mes por el facturado de horas >> > >> > - Segunda, quiero ver si saben donde hay una explicasion simple y >> > cencilla de la GPL >> > y de como se aplica, pero en castellano >> > >> Hola Pablo: >> Como abogado te recomiendo encarecidamente la consulta con algún colega. >> >> A modo de guía (y bajo ningún concepto evacuación de una consulta) te >> transcribo el art. 2 de la ley 25.036 (modificatoria del la Ley de >> Propiedad Intelectual): >> Son titulares del derecho de propiedad intelectual: "d) Las personas >> físicas o jurídicas cuyos dependientes contratados para elaborar un >> programa de computación hubiesen producido un programa de computación en >> el desempeño de sus funciones laborales, salvo estipulación en >> contrario." >> > o sea q si vos contratas a alguien para q te haga algo pasas a ser el > dueño indiscutiblemente a menos q halla un contrato q diga lo > contratio, y como no > hay nada q diga lo contrario asi seria! > > el tema de la consulta es a quien, xq la empresa tiene varios abogados > pero ninguno entiende nada de software, ahora con estas dos leyes > tengo un poco mas de referencias > > >> Y también: el art. 82 de la Ley de Contrato de Trabajo: "Las invenciones >> o descubrimientos personales del trabajador son propiedad de éste, aun >> cuando se haya valido de instrumentos que no le pertenecen. Las >> invenciones o descubrimientos que se deriven de los procedimientos >> industriales, métodos o instalaciones del establecimiento o de >> experimentaciones, investigaciones, mejoras o perfeccionamiento de los >> ya empleados, son propiedad del empleador.Son igualmente de su propiedad >> las invenciones o descubrimientos, fórmulas, diseños, materiales y >> combinaciones que se obtengan habiendo sido el trabajador contratado con >> tal objeto." >> > por ende como el progrmaa deriva de la operatoria diaria, mas q > corroborado q son > del empleador, no asi las funciones q halla hecho q le sirvan mas alla > de las clases > de negocio (q si las quiere q se las lleve, no nos jode) > >> Estos serían en principio los artículos que podrían regir la situación. >> Sin embargo, y por eso recomiendo una consulta, la situación (como >> cualquier situación jurídica) no es tan lineal como aparenta, y los >> hechos a merituar probablemente sean más de los que vos decís en el >> primer párrafo de tu pregunta. >> >> El segundo punto, la gpl. Amerita un email aparte. La interpretación y >> aplicación de la misma es complicada. Sobre todo por lo novedoso de la >> cuestión (aunque ya se están encontrando libros jurídicos argentinos >> sobre el software libre, actualmente estoy leyendo uno que es más bien >> crítico de la gpl -y hasta nombra y cita a Stallman- pero que no me >> termina de cerrar por las argumentaciones que hace el autor para >> descalificar a la licencia y al software libre como movimiento). >> >> Ya me he extendido bastante asique: >> >> Saludos, >> Guillermo. >> > exclente data!!! GRACIAS!! > > por cierto, si estas en capital y podemos hacerte la consulta a vos > avisanos :D > >> -- >> Para desuscribirte tenés que visitar la página >> https://listas.linux.org.ar/mailman/listinfo/lugar-gral/ >> >> /* Publica y encontra trabajo relacionado con softlibre en >> http://www.usla.org.ar/modules/jobs/ */ >> >> Si tenés algún inconveniente o consulta escribí a >> mailto:[EMAIL PROTECTED] >> > > Hola Pablo: Yo no tengo ningún problema en que vengan al estudio, que está ubicado en Capital Federal. Si les interesa mandame un mail directamente a mi y te doy los datos de contacto.
Saludos, Guillermo. -- Para desuscribirte tenés que visitar la página https://listas.linux.org.ar/mailman/listinfo/lugar-gral/ /* Publica y encontra trabajo relacionado con softlibre en http://www.usla.org.ar/modules/jobs/ */ Si tenés algún inconveniente o consulta escribí a mailto:[EMAIL PROTECTED]
