Re: Free Software en España [Era: Re: Perdonar pero no me aclaro]
: El día Sat, 24 Jul 1999 17:42:20 -0600, Marcelo E. Magallon [EMAIL PROTECTED] se animó a decir: :: En España, en cambio, la Ley de Patentes declara explícitamente :: que no son patentables los programas de ordenador, de manera :: que esa protección es posible. Marcelo:: ¿Es eso cierto en toda la Unión? La pregunta más bien Marcelo:: es que es un `programa de ordenador' según la ley Marcelo:: (española), pues según entiendo, la compresión utilizada Marcelo:: en MP3 está patentada en Alemania, donde se supone que Marcelo:: no hay patentes de software... hace distinción la ley Marcelo:: entre `software' (como expresión de una idea) y Marcelo:: `algoritmo' (como la idea misma) -- en otras palabras, Marcelo:: ¿es la patente de MP3 válida en la Unión? ¿en España? Si entiendo bien lo que planteas, aquí hay tres temas distintos (a no ser que alguien tenga otros datos): - la patente sobre la compresión mp3; - la patente sobre el algoritmo de compresión; - las patentes sobre el software. Es un tema que ha dado cierta guerra (también en la lista de debian-legal, aunque no lo seguí demasiado). Los principios son bastante claros: - no hay patentes de software en Europa; - no se pueden patentar algoritmos en Europa. --- cita --- Art. 4 Ley de Patentes: 1. Son patentables las invenciones nuevas que impliquen una actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial. 2. No se considerarán invenciones en el sentido del apartado anterior, en particular: a) Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos. [...] c) Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para juegos o para actividades económico-comerciales, así como los programas de ordenadores. [...] Art. 96 LPI: [...] 4. No estarán protegidos mediante derechos de autor con arreglo a la presente Ley las ideas y principios en los que se basan cualquiera de los elementos de un programa de ordenador incluidos los que sirven de fundamento a sus interfaces. --- /cita --- Sin embargo, sí que existen patentes sobre mp3. Sobre el método de codificación. Como si intento explicarlo me voy a liar y aquí hay muchos entienden más de software que yo, voy a incluirlo tal y como está. La compañía titular es la ``Fraunhofer Gesellschaft zur Forderung der Angewanten Forschung e.V.'', la descripción del método es: --- cita --- A digital adaptive transformation coding method for the transmission and/ortorage of audio signals, specifically music signals, wherein N scanned values of the audio signal are transformed into M spectral coefficients, and the coefficients are split up into frequency groups, quantized and then coded. The quantized maximum value of each frequency group is used to define the coarse variation of the spectrum. The same number of bits is assigned to all values in a frequency group. The bits are assigned to the individual frequency groups as a function of the quantized maximum value present in the particular frequency group. A multi-signal processor system is disclosed which is specifically designed for implementation of this method. --- /cita --- Y la primera de las reivindicaciones: --- cita --- We claim: 1. Digital adaptive transformation coding method for the transmission and/or storage of audio signals, specifically music signals, wherein N scanned values of the audio signal are transformed into M spectral coefficients, wherein N and M are non zero integers, which are subdivided into frequency groups and then quantitized and coded, characterized in that: * a quantitized maximum value of the spectral coefficients of each frequency group is used to define the coarse variation of the spectrum; * the same number of bits is assigned to all spectrum values of a frequency group, wherein the number of bits depend on the quantitized maximum value of the respective spectral coefficient; * the number of bits assigned to each frequency group being adjusted to insure a minimum number of bits to each frequency group such that, in view of psycho-acoustic aspects, quantification noise is masked for that frequency group; and * if available after the preceding step, any additional number of bits are assigned to the individual frequency groups in correspondence to the quantitized maximum value occurring in the particular frequency group. --- /cita --- Si te das cuenta, todo esto no alude a algoritmos o formatos, sino a procedimientos (que sí son patentables, del mismo modo que lo son los dispositivos físicos de decodificación de mp3). Por tanto, es perfectamente factible que alguien invente otro método distinto que use los mismos algoritmos de compresión y formatos, pero de otra forma diferente, y ese método podrá ser
Re: Free Software en España [Era: Re: Perdonar pero no me aclaro]
: En el artículo [EMAIL PROTECTED], Andres Seco Hernandez [EMAIL PROTECTED] decía: Andres:: Yo de leyes, lo justito. Pero se me ocurre que con este Andres:: tremendo thread que se ha montado con las licencias, el Andres:: tema es suficientemente grade e importante como para que Andres:: hubiera que replantearse, revisar, etc. este tema de la Andres:: GPL en España y en toda Europa. Andres:: No parece correcto usar licencias que en nuestro pais no Andres:: suponen legalmente lo mismo que en EEUU sin saber Andres:: exactamente lo que suponen. Andres:: Habría que hacer una traducción interpretada de las Andres:: licencias al menos para saber a qué atenernos en nuestro Andres:: entorno, y quizá, una globaliza- ción de la GPL para Andres:: abarcar los mayores ambitos juriídicos posible, o al Andres:: menos los más comunes. Estoy totalmente de acuerdo. Al usuario final esto le afecta de un modo sólo marginal (siempre que no copie), pero a los programadores y redistribuidores les toca de lleno. El problema es que, al ser el inglés la lengua franca de Internet, tendemos a asumir que lo que se dice referido a los Estados Unidos tiene validez universal. Sin embargo, a medida que Europa y Japón ganen peso específico en sus aportaciones a Linux, y se empiece a formar una masa crítica de usuarios, será preciso desarrollar nuestras propias soluciones a todos estos temas. Un saludo. -- RESET
RE: Free Software en España [Era: Re: Perdonar pero no me aclaro]
: El día Mon, 26 Jul 1999 09:53:23 +0200, Tejada Lacaci, Antonio [EMAIL PROTECTED] contaba: :: Esto parece muy abstracto, así que vamos con un ejemplo. No sé :: si recordaréis cuando apareció la Hamm en Linux Actual que hubo :: algunos mensajes en es.comp.os.linux que decían dos cosas sobre :: el GIMP: que su calidad era extraordinaria, y que no podían :: creer que no pudiera manipular imágenes en formato GIF. Tejada::[...] Qué curioso, conocía la patente de UniSys sobre Tejada:: el LZW, pero ignoraba que no tuviese efecto en la CE. En Europa rige el principio de que no son patentables las fórmulas matemáticas (como las utilizadas en un método de compresión). --- cita --- Art. 4 Ley de Patentes: 1. Son patentables las invenciones nuevas que impliquen una actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial. 2. No se considerarán invenciones en el sentido del apartado anterior, en particular: a) Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos. [...] c) Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para juegos o para actividades económico-comerciales, así como los programas de ordenadores. [...] --- /cita --- Por lo tanto se excluye la patente tanto de la fórmula como del programa, que queda sujeto a la normativa sobre propiedad intelectual. --- cita --- Art. 96 LPI: [...] 4. No estarán protegidos mediante derechos de autor con arreglo a la presente Ley las ideas y principios en los que se basan cualquiera de los elementos de un programa de ordenador incluidos los que sirven de fundamento a sus interfaces. --- /cita --- La normativa estadounidense es mucho más amplia en este sentido, y ahora también la japonesa. Y es posible que la europea llegue a serlo también, si la presión de las grandes compañías de Estados Unidos tiene éxito. :: El problema es que el algoritmo de compresión LZW (que utilizan :: esos formatos) está patentado en Estados Unidos, de modo que la :: redistribución de herramientas que traten con esos formatos :: puede ser en cualquier momento restringida por el titular de la :: patente (aunque de hecho no esté poniendo obstáculos, tiene la :: facultad legal para hacerlo). Tejada::Bueno, supongo que ya lo sabrás, pero en la actualidad Tejada:: la única parte patentada es la codificación LZW, si tú Tejada:: haces un programa que sólo decodifique, no es necesario Tejada:: permiso de UniSys. Claro que la pueden cambiar cuando Tejada:: quieran, pero La verdad es que eso no lo sabía :) Hasta donde yo tengo entendido, el algoritmo está patentado para ambos tipos de operaciones (compresión/descompresión). Lo que sucede es que Unisys autoriza a realizar esas operaciones de descompresión si el programa se distribuye a título gratuito, y exige cobrar si se trata de un programa comercial. En todo caso, lo comprobaré. Tejada:: Y digo yo, ¿qué pasa con todas las patentes Tejada:: que hacen sobre productos y fórmulas farmacéuticas en Tejada:: EEUU? ¿no se aplican sus reglas a Europa, o es que sacan Tejada:: patentes paralelas en Europa? ¿o es que una patente sí Tejada:: es aplicable a una fórmula farmacéutica? :-? ... porque Tejada:: creo que, por ejemplo, los medicamentos genéricos de una Tejada:: fórmula no pueden salir hasta que pasa el período de Tejada:: patente :-m Primero, conste que no sé demasiado de cuestiones farmacéuticas. Sí te puedo decir que al solicitar una patente se ha de especificar un ámbito geográfico (Estados Unidos, Unión Europea, el mundo entero, por ejemplo). Lo que sucede es que, debido a las diferencias entre legislaciones, se pueden solicitar más o menos cosas para un país u otro. Además, hay que tener en cuenta lo que ya está patentado en un país y que puede que no esté patentado en otro a la hora de definir la patente. Cuando se solicita una patente hay que especificar las ``reivindicaciones'' que son los usos a los que se destina lo que se patenta. Fuera de esos usos o especificaciones, cualquiera puede utilizar (o patentar a su vez) el invento. Lo que sí es muy usual es que los fármacos no estén protegidos por la Ley de Patentes, sino por la de Propiedad Intelectual. La razón es que para la aplicación de la Ley de Patentes uno debe seguir un procedimiento y poner a disposición pública la información sobre lo que se patenta, mientras que este requisito no se aplica a la propiedad intelectual. Por lo tanto, la mejor manera de proteger la invención es mediante el secreto. Es el caso de la Coca-cola (no es una medicina, pero se basa en una fórmula). Si estuviera patentada, a estas alturas la patente habría expirado y cualquiera podría utilizar la fórmula para producirla y venderla. De este modo, sigue en secreto. [...] Tejada::
Re: Netscape hambriento de memoria.
: En el artículo [EMAIL PROTECTED], Jose Luis Trivino [EMAIL PROTECTED] decía: Jose:: Que version usas? Yo utilizo la 4.61 para glibc y me Jose:: ha pasado tambien con la 4.6 y la 4.5 (o algo asi). Es glib Jose:: o libc5? Según netscape -v: Netscape 4.07/Export, 29-Sep-98; (c) 1995-1998 Netscape Communications Corp. En los paquetes de Debian es netscape-base-407 (base y todo lo demás), que están numerados como 4.07-1. Un saludo. -- RESET
Re: mutt no carga los mensajes nuevos
: El día Wed, 21 Jul 1999 22:04:37 +0200, IJAS [EMAIL PROTECTED] contaba: IJAS:: Hola...no se si me estoy poniendo pesado con esto, pero es IJAS:: que desde la actualización no me funciona ni el envio ni la IJAS:: recepción de mensajes (reecivirlos los recivo pero no puedo IJAS:: leerlos). Para empezar os pongo un ejemplo de lo que ocurre IJAS:: cuando hago mailq Tranquilo, si algo tiene que funcionar son el correo y las noticias. Sin eso un sistema es poco menos que inútil (al menos para mí). IJAS:: [EMAIL PROTECTED] (/home/ijalonso)$ mailq # Me salen 84 IJAS:: mensajes como los ejemplos de abajo, desde el dia 15 que # IJAS:: actualizé # IJAS:: m115vNY-000jvYL From: root (in /var/spool/smail/input) IJAS:: Date: Sun, 18 Jul 1999 20:09:36 +0200 (CEST) Args: -oem -f IJAS:: debian-user-spanish@lists.debian.org -oMs localhost -oMa IJAS:: 127.0.0.1 -oMr esmtp -oMu ijalonso -oMv rfc1413 -oMP IJAS:: in.smtpd [EMAIL PROTECTED] Los argumentos que se le pasan a smail están bien. El problema (uno de ellos) que creo que estás teniendo es que es posible que smail no reconozca las direcciones del tipo [EMAIL PROTECTED] como locales. Deberías comprobar en la documentación de smail si puedes añadir a `hostnames' la dirección `localhost' (uso exim, y aunque es muy parecido a smail, los nombres son distintos; en mi exim.conf: local_domains = localhost : debian.tazman.org Sin el segundo las cosas más o menos funcionan, pero sin el primero no va nada). Lo que creo que sucede es que la smail le llegan los mensajes, y en lugar de intentar entregarlos en la propia máquina, intenta enviarlos a través del smarthost. De ahí es de donde vendrían los mensajes de `User unknown' en el registro. Otra cuestión es que si todo esto te empezó a pasar al actualizar mutt, es posible que hayas instalado nuevos archivos de configuración que hayan sustituido a los que tenías, o que hayas dejado los antiguos y haya cambiado el formato. Prueba lo que te indico, haz correr la cola de correo y, envía un mail con el log. A ver si hay suerte :) -- RESET
Problema son sb16
: El día Thu, 22 Jul 1999 15:24:40 +0200, Avid El Fasih [EMAIL PROTECTED] contaba: Avid:: Primero intenté compilar el kernel que tenía era el Avid:: 2.0.36 sin llegar a ninguna solución; me imagine que este Avid:: núcleo no admitía tarjetas pnp así que me baje el 2.2.10 Avid:: que es el que tengo ahora instalado. También intente Avid:: instalar un paquete que venía en la distribución Debian que Avid:: tengo Alsa Drivers sin saber muy bien para que valía y Avid:: por supuesto no conseguí nada. En el kernel que tengo he Avid:: activado el pnp y he instalado la sound blaster pero estoy Avid:: seguro que me falta alguna opción. Cada vez que intento Avid:: mandar algo al dispositivo de audio /dev/audio (que también Avid:: le cree ya que por defecto no lo tenia con MAKEDEV audio) Avid:: me dice que el dispositivo no lo soporta. Os mando el Avid:: listado de /dev/sndstat por si sirve de ayuda, las IRQ e Avid:: I/O son las mismas que tengo en güindos pero en Avid:: dispositivos de audio no me aparece ninguno, y en MIDI como Avid:: he puesto el loopback he hecho trampas y tampoco vale: Avid:: OSS/Free:3.8s2++-971130 Hola. Las SB 16 y compatibles sí que funcionan con los kernel 2.0, y no necesitas instalar ninguna cuestión PnP. Lo único que tienes que hacer es compilar el kernel correctamente. Yo tengo una tarjeta igual a la tuya y la verdad es que desde el principio pasé olímpicamente de las isapnptools: simplemente con compilar vale. Por los datos que das te diría que tienes que liquidar la cuestión del loopback del MIDI ;). No es normal que no te salga la cuestión de los mensajes al inicio, pero probablemente se debe a que al compilar has configurado algo mal. Nuestros /dev/sndstats son iguales hasta que llegamos al punto del MIDI, y además: Audio devices: 0: Sound Blaster 16 (4.13) (DUPLEX) Synth devices: 0: Yamaha OPL3 Midi devices: 0: Sound Blaster 16 Timers: 0: System clock Mixers: 0: Sound Blaster Aquí van los valores que yo uso al compilar el kernel. Es posible que se trate de un problema de la DMA2, así que al loro (por defecto la configuración usa un 7 donde, al menos en mi caso, debería decir 5): CONFIG_SOUND=y CONFIG_SOUND_OSS=y CONFIG_SOUND_DMAP=y CONFIG_SOUND_SB=y CONFIG_SB_BASE=220 CONFIG_SB_IRQ=5 CONFIG_SB_DMA=1 CONFIG_SB_DMA2=5 CONFIG_SB_MPU_BASE=330 Esto lo puedes utilizar alterando directamente los valores editando como texto el archivo en el que guardas la configuración (es mejor, en mi opinión, acostumbrarse a hacerlo todo editando). También puedes sustituir los valores en make xconfig o algo así. Espero que te sirva. -- RESET
Re: Netscape hambriento de memoria.
: El día Thu, 22 Jul 1999 07:31:55 -0500, Ugo Enrico Albarello [EMAIL PROTECTED] se animó a decir: [...] :: Mi unica esperanza es que salga una nueva version con estos :: fallos corregidos. Ugo:: Esa es mi esperanza, tambien... :o) La mía es la de que se corrija el famoso error de bus (o lo que sea) que hace que a veces, cuando cierras una ventana de Netscape, se cierren todas las abiertas. Pero lo de la memoria no sé... Ahora tengo abierto el Communicator con cinco ventanas y `sólo' me ocupa 9352k. Un saludo. -- RESET
Re: Perdonar pero no me aclaro
: En el artículo [EMAIL PROTECTED], IJAS [EMAIL PROTECTED] decía: IJAS:: Al hilo de esta discusión me surgen una serie de dudas: IJAS:: 1) Si yo tengo una Citius (entera o lite da igual es un IJAS:: ejemplo) y mi vecino me dice ¡Eh! ¿me puedes hacer una IJAS:: copia de tus CDs para instalarme yo la Debian y no tener IJAS:: que darte la lata a cada rato?. Entiendo que siguiendo el IJAS:: espíritu de Debian y Linux en general yo podría hacerle la IJAS:: copia sin incurrir en ningún tipo de pirateria ¿no? Hay dos cosas aquí: a. No creo que nadie de Citius fuera a decirte nada por eso :) b. No es piratería, pero podría ser ilegal, dependiendo del modo en que lo hagas (en principio, y a salvo de que, como estoy repitiendo hasta el aburrimiento, no he visto una Citius completa). El problema es de definiciones. Normalmente, por piratería se entiende la redistribución de un programa que viola las condiciones del contrato bajo el que se te cedió. En ese sentido, no estás pirateando la Citius porque (tal y como Enrique ha explicado -magníficamente, por cierto- los programas están bajo GPL). Sin embargo, en los mensajes del sistema (y por tanto supongo que los programas que hacen aparecer dichos mensajes) aparece mencionada una marca comercial. El uso en el tráfico económico de las marcas comerciales está reservado a sus titulares, de modo que como tú no te estarías dedicando a vender aprovechando la fama de Citius no habría problema, pero... = IJAS:: 2) Estiremos un poco más la argumentación...tengo un montón IJAS:: de amigos y conocidos a los cuales después de mucho IJAS:: proxelitismo he convencido para instalar Debian-Linux, IJAS:: todos ellos quieren una copia de los CDs que yo poseo ya IJAS:: que su conexión a internet como la de casi todas es una IJAS:: castaña, yo les digo 'sois muchos y son 4 CDs por cabeza y IJAS:: cada oblea me cuesta 150 pts, es decir 600 pts en material IJAS:: más mi tiempo y otras cosas (luz, uso de ordenador, etc...) IJAS:: por tanto os haré una **COPIA** DE CITIUS por 3000 pts (4 IJAS:: CDs)' ¿sigo estando dentro del espíritu de Debian-Linux? IJAS:: ¿estoy incurriendo en pirateria pura y dura como en el IJAS:: mundo Windows? = incluso aunque no cobraras más que el uso de material, lo cierto es que estaríass ocasionando un perjuicio a I+D Ágora, que sí se dedica a vender, y lo estarías haciendo utilizando unos CDs en los que aparece su marca registrada. El perjuicio muy real. Y si obtuvieras beneficio (como el hecho de incluir tu tiempo -el coste de oportunidad del empresario- :), sería claramente una utilización ilegal de la marca. Por tanto, piratería no hay, pero ilícito sí. Y la cuestión que se plantea (la más seria) es si un programa GPL puede incluir una marca comercial que introduce restricciones a su redistribución que la propia GPL no incluye (y que estarían, por tanto, prohibidas por la GPL). IJAS:: P.D.: Mi sentido común me indica que no puede ni debe IJAS:: venderse sistemáticamente un 'clon' de Citius-Debian igual IJAS:: que no lo haríamos un una Red-Hat, otra cosa sería crear tu IJAS:: propia distribución basada en Debian o en Red-Hat IJAS:: ...pero por otra parte -- Aquí entramos en una cuestión de moralidad. En cuanto al hilo de esta conversación, el problema se puede formular de dos maneras: a. Si puede -y debe- clonarse una Citius. b. Si puede -y debe- clonarse una `Debian Oficial'. En mi opinión, Citius tiene tanto derecho como cualquier otro (y posiblemente más, que para eso lo hacen en español :) a querer gozar en exclusiva de todo el trabajo que se han tomado para ofrecer un producto de calidad. En ese sentido, Debian estará encantada cuando aparezca la distribución de Corel (que seguro que incluye programas no libres que impidan la redistribución tal cual) así que queda claro que la Citius está dentro de la movida de Debian hasta los codos. Si la pregunta se refiere a una Debian Oficial, por el contrario, parece razonable decidir que sí debería poder copiarse sin problemas, aunque de hecho la interpretación del sitio web abre la puerta a ciertas confusiones (como se ve por esta conversación :)
Re: Perdonar pero no me aclaro
: El día Fri, 23 Jul 1999 15:25:48 +0100, Jaime E. Villate [EMAIL PROTECTED] se animó a decir: Jaime:: [EMAIL PROTECTED]: :: La conclusión que se saca de todo esto es que sí existe cierta :: confusión en cuanto a la definición de un CD Oficial de Debian. :: Habría cuatro posibilidades: Jaime:: Pues a mi me parece que está explicado muy claramente en Jaime:: las citas que das del servidor web de debian. Un CD es Jaime:: oficial si fué copiado tal cual (sin cambiar ni un solo Jaime:: bit; para eso hasta dan los checksums) de las imagenes que Jaime:: hay en www.uk.debian.org y mirrors oficiales. Jaime:: Tu confusión con el largely similar del que hablan en Jaime:: las instrucciones para copiar las imágenes es que lo que Jaime:: allí dicen es que para acelerar el proceso de copia, rsync Jaime:: te permite partir de una distribución que no es oficial y Jaime:: te construye mas rapidamente un clon identico a la versión Jaime:: oficial. En ningún momento afirman que una versión Jaime:: largely similar pueda ser oficial. Claro, los scripts Jaime:: usados para crear las imágenes están disponibles y los Jaime:: puedes usar tu o cualquier persona; pero mientras la Jaime:: imagen resultante no sea puesta a prueba por los Jaime:: colaboradores de debian y publicada en www.uk.debian.org, Jaime:: no es oficial. Tu otra discusión con el significado de Jaime:: from tendria sentido si estuvieramos hablando de copiar Jaime:: vários ficheros, pero en este caso es uno (por cada CD) Jaime:: si te copias el fichero 1 tal cual, tienes un disco 1 Jaime:: oficial, etc. Estoy totalmente de acuerdo en que ésta que haces es la interpretación razonable y de sentido común. Sin embargo, dos cosas: a. El mundo del Derecho se muerde con el sentido común :) b. El asunto arrancaba de la interpretación de Enrique Zanardi. Es un desarrollador de Debian y creador de la Citius y participó en el establecimiento de la denominación `Official Debian CD'. Él ha dicho que esta interpretación es correcta pero incompleta. En caso de duda, la interpretación de un texto debe seguir la intención del/de los autores, por lo que lo que él dice tiene un peso especial. Lo que yo señalaba es que las menciones de la web abren la puerta a una posible interpretación en la que los CDs oficiales no tienen por qué ser idénticos a las imágenes de Debian. En el correo que inició este hilo Antonio planteaba la misma interpretación que tú, explicando los puntos que no veía claros (el Subject :): que la Citius es oficial y no es totalmente idéntica (puesto que algunos programas incluyen la mención de Citius, que es una marca comercial y, por lo tanto, imposible de reproducir sim permiso de sus titulares). Jaime:: IJAS dijo: :: P.D.: Mi sentido común me indica que no puede ni debe venderse :: sistemáticamente un 'clon' de Citius-Debian igual que no lo :: haríamos un una Red-Hat, otra cosa sería crear tu propia :: distribución basada en Debian o en Red-Hat ...pero por otra :: parte Jaime:: Pues confieso que no seguí con mucho cuidado la discusión Jaime:: y no se bien la posición de Henrique Zanardi y de Citius, Jaime:: pero si tu retiras las partes hechas por Red-Hat o Jaime:: cualquier otro distribuidor, que no sean GPL, y te quedas Jaime:: solo con la parte que tiene GPL, puedes vender cuantas Jaime:: copias quieras. Eso quiere decir que si te venden un CD Jaime:: oficial de debian, tu puedes clonarlo y vender cuantas Jaime:: copias quieras; estas cobrando por tu trabajo de clonar Jaime:: una imagen que es libre, igual que lo hizo el que te Jaime:: vendido a ti. Con cd's no oficiales tendrias que retirar Jaime:: la parte original del autor (a menos que tenga GPL). Con Jaime:: Red Hat puede ser mas difícil porque creo que hasta el Jaime:: propio formato rpm usado no es libre. Esto ya lo he comentado en otra respuesta, y el tema está en la denominación de `oficial'. En cuanto al formato rpm, de acuerdo con /usr/doc/rpm/copyright, el código básico (``base code'') puede distribuirse bajo la GPL y las bibliotecas bajo LGPL. En cuanto al formato, no puede ser objeto de patente o derechos de autor (en Europa), y de hecho lo está usando al menos S.u.S.E (y no sé si Mandrake), Esware, Eurielec...
Free Software en España [Era: Re: Perdonar pero no me aclaro]
: En el artículo [EMAIL PROTECTED], Miquel [EMAIL PROTECTED] decía: Miquel:: El jue, jul 22, 1999 at 01:18:20 +0200 [EMAIL PROTECTED] va Miquel:: dir: :: Y tercero, sí ya sé que el Derecho es un coñazo. Miquel:: en este caso creo que no lo es, es fundamental que haya Miquel:: gente en la comunidad linux que controle de leyes, para Miquel:: orientarnos en este marasmo legal que, aunque sea un poco Miquel:: árido para profanos, es básico para asegurar que el Miquel:: software libre siga siéndolo en esa dura batalla con los Miquel:: partidarios de imponer la propiedad sobre el conocimiento Miquel:: a cualquier precio, que cuentan con ejercitos de abogados Miquel:: magnificamente pagados para oponerse a la inteligencia Miquel:: colectiva... Evidentemente, pienso lo mismo. A estas alturas está muy claro que Microsoft (entre otros) no va a ganarle la batalla a GNU/Linux en el terreno técnico, entre otras cosas porque el ritmo al que Linux mejora (tanto en la cuestión técnica como en la usabilidad) es exponencial, mientras que Windows ¿mejora? :) De lo que mucha gente no se da cuenta es de que la guerra tiene distintos frentes, y si el técnico es uno, el legal (y con él el de la estrategia de mercado) es otro. Y ahí el software libre está muy verde (salvo puede que en Estados Unidos con la FSF). :: Sin ir más lejos, la GPL no tiene sentido real en nuestro :: ámbito (sin una traducción de conceptos). Los europeos tenemos :: que empezar a buscar nuestras propias soluciones a todo lo :: relacionado con el software libre.] Miquel:: me gustaría que ampliaras un poco esto último, por qué Miquel:: dices que es inaplicable la GPL a Europa y en qué Miquel:: consistiría esa traducción de conceptos de la que Miquel:: hablas. La GPL no es aplicable a Europa tal como está debido a las diferencias que existen entre la normativa europea (habría que tomar cada Estado en consideración, pero debido las distintas leyes se han uniformado mucho en los últimos años con la actuación de las instituciones de la Unión) y la estadounidense. La básica, en materia de protección de software, consiste en que el sistema de protección en EE.UU. es dual, y en Europa no. Un programa, en los Estados Unidos, puede quedar sujeto, dependiendo de la voluntad de su autor, a la protección de la normativa de patentes (para eso tiene que patentarlo, como es obvio). En caso de que no lo quiera, quedará protegido por defecto (como todas las creaciones originales del pensamiento) por la normativa que se aplica a la propiedad intelectual. En España, en cambio, la Ley de Patentes declara explícitamente que no son patentables los programas de ordenador, de manera que esa protección es posible. La diferencia entre la protección que otorgan las dos leyes deriva de que la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) pretende proteger a un autor frente a las posibles depredaciones de individuos y de compañías. La Ley de Patentes está, en cambio, mucho más orientada al tráfico jurídico y es mucho más técnica: presupone medios y conocimiento por parte del titular. (Lo anterior es en parte simplificación, pero sirve para hacerse una idea general del tema.) Esto parece muy abstracto, así que vamos con un ejemplo. No sé si recordaréis cuando apareció la Hamm en Linux Actual que hubo algunos mensajes en es.comp.os.linux que decían dos cosas sobre el GIMP: que su calidad era extraordinaria, y que no podían creer que no pudiera manipular imágenes en formato GIF. Claro que el GIMP sí que puede manipularlas, pero sucedía que la distribución, en la primera entrega, no había incluido la sección non-free, que es en la que se encuentra el paquete gimp-nonfree, que es el que incluye lo necesario para manipular imágenes GIF y TIFF. El problema es que el algoritmo de compresión LZW (que utilizan esos formatos) está patentado en Estados Unidos, de modo que la redistribución de herramientas que traten con esos formatos puede ser en cualquier momento restringida por el titular de la patente (aunque de hecho no esté poniendo obstáculos, tiene la facultad legal para hacerlo). Pero eso, que es non-free en Estados Unidos, no tendría por qué serlo en Europa. Aquí no pueden patentarse algoritmos, de modo que ese paquete, que está bajo licencia GPL/LGPL (el GIMP en sí es GPL, las bibliotecas LGPL). De modo que la Debian, si en lugar de haberse originado en Estados Unidos se hubiera originado en Europa, se habría incluido en main, pura y simplemente. Creo que queda claro que la diferencia de sistemas existe y es importante. La GPL es una reacción al sistema de patentes norteamericano. En tanto que documento que pretende conseguir efectos legales, su expresión es fundamental. Esa expresión utiliza constantemente conceptos procedentes de la normativa de patentes, que no tendrían sentido en una traducción `filológicamente correcta'. Por ejemplo, y
Log de smail
Hola. De lo que has enviado se ve con claridad al menos uno de los errores: no estás reescribiendo el From y Sender de tus mensajes, que llegan al demonio de correo de CTV como procedentes de [EMAIL PROTECTED] Como no tienen ningún cliente con ese correo (debería ser [EMAIL PROTECTED]) no te dejan pasar los mensajes. Así que ese problema concreto se puede solucionar alterando las reglas de reescritura que utilice smail. Aquí, desgraciadamente, no te puedo ayudar, porque uso exim, para el que serían algo como: [EMAIL PROTECTED] IJAS [EMAIL PROTECTED] wfrsF para cambiarlo todo, o [EMAIL PROTECTED] [EMAIL PROTECTED] rs para cambiar el sender (no me acuerdo bien de esta última ?). Un saludo. -- RESET
Busco programas para Internet en modo texto
: El día Sat, 24 Jul 1999 16:30:33 +0200, Grzegorz Adam Hankiewicz [EMAIL PROTECTED] contaba: Grzegorz:: La idea es conectarme, y no tocar las X-window para Grzegorz:: nada. Demasiado tiempo trabajando con clones llenos de Grzegorz:: fallos me han hecho realmente excéptico :-). Para Grzegorz:: esto, conozco el lynx, que me parece genial, pero ¿y Grzegorz:: los demás programas? También tienes w3-el, en Emacs/XEmacs (aunque no es ni la mitad de bueno que lynx, en mi opinión). Grzegorz:: Para emails creo que con escribir un fichero de texto y Grzegorz:: mandárlo basta, pero ¿qué ocurre cuando el email que Grzegorz:: llega está en html, o tiene documentos adjuntos? ¿Hay Grzegorz:: algún programa que los filtre y los deje por ejemplo Grzegorz:: como ficheros binarios? Si utilizas un programa de correo que admita MIME, podrás guardar los attachments en un fichero y verlos después con el programa adecuado. Puedes utilizar nmh, por ejemplo, o pine, o Gnus (en Emacs/XEmacs), etc. Si utilizas Gnus, podrás ver directamente los mensajes en html (utiliza w3). Grzegorz:: Para hacer ftp, los comandos de consola me parecen Grzegorz:: suficientes. ¿Hay algún entorno en modo texto aparte Grzegorz:: del Midnight commander que haga algo parecido? A mí me gustan ftp (a lo basto) y lftp (éste es pura potencia). También lynx hace un trabajo pasable con ftp, y (seguro que no te lo esperabas) Emacs/XEmacs permiten utilizar sistemas de ficheros ftp igual que mc. Grzegorz:: Finalmente, todavía no he probado nada de nada sobre Grzegorz:: grupos de noticias. ¿Hace falta algún programa especial Grzegorz:: para leerlas, o se hace igual que con el correo normal? Er... Gnus en Emacs/XEmacs es probablemente el mejor lector de noticias (y programa de correo) que existe, aunque dicen por ahí que pine va muy bien, y slrn, y tienes tin, trn... -- RESET
Busco programas para Internet en modo texto
Veo que en el mensaje que envié se me ha olvidado el IRC (no voy mucho :). Tienes, por supuesto, BitchX, Epic e Ircii (son todos de la misma familia), y en Emacs/XEmacs, los modos liece y zenirc. Y si te gustan los muds y demás, Tinifugue y en Emacs/XEmacs, mymud. -- RESET
Perdonar pero no me aclaro
: En el artículo [EMAIL PROTECTED], Antonio Castro [EMAIL PROTECTED] decía: Lo primero aclarar que si algo me parece de tu postura es que es respetuosa. No creo que nadie pueda sentirse ofendido por plantear las cosas del modo en que lo haces. Otra cuestión: yo los únicos CD's de Citius que tengo son los distribuidos por Linux Actual, y no sé si se corresponden con las distribuciones que ellos hacen o la revista los ha modificado, así que agradecería que alguien corrigiera cualquier error en este sentido. Dicho eso, vamos al tema: Lo que yo entiendo de este mail es que quieres vender CD's oficiales de Debian. Para ello, mejor que copiarlo vía ftp, te resultaría reproducir otros CD's oficiales, en concreto los de Citius. Sin embargo, parece resultar que aunque Citius se anuncia como distribución oficial, incluye elementos propios no libres incluidos en los CD's de la imagen oficial. (Aquí es donde repito que no tengo una Citius excepto la de Linux Actual, que se anuncia como Debian Lite -sin fuentes, sólo x86, etc.- y no lleva en ninguna parte la mención de ``Debian Oficial''.) Y si éste es el caso, te parece incorrecto que la Citius se anuncie como distribución oficial de Debian cuando aparentemente no cumple los requisitos establecidos en la web para dicha calificación. En particular, el punto de que en la distribución se han introducido esas modificaciones no libres, que no te permitirían su redistribución tal como está. De modo que, si son CD's oficiales, no deberías tener problemas para copiarlos, y si no lo son, Citius está cayendo (según lo que pareces sugerir, insisto en que yo no tengo CD's de Citius) en (probablemente, probablemente, probablemente :) actos de engaño según la Ley de Competencia Desleal, haciendo creer que vende CD's oficiales cuando debería utilizar la expresión ``Vendor release'', con mucho menos gancho que la de ``Debian Oficial'' (o como sea que lo traduzcan). Por modificaciones no libres, arriba, entiendo ``programas''. La cuestión de las marcas comerciales es distinta y la tocaré luego. Citius, en el sitio de Debian, figura como: ``CD Type: Official CD + non-free + non-us + vendor additions'' En la web se definen los CD's oficiales como los que distribuye Debian directamente (las imágenes oficiales), pero se indica que puede conservarse la denominación si se introducen modificaciones en CD's independientes, que es a lo que parece referirse el modelo. Lo primero que hay que determinar es si realmente se han introducido modificaciones a las imágenes de Debian. Creo que sí, al menos en un punto que he visto comentado en es.comp.os.linux: la traducción de dselect (que le ha dado problemas a más de uno y no sería tanto de dselect como de Packages). Ése es ya un punto que se apartaría de la oficial. Creo también que hay traducciones de otros documentos, para las que valdría exactamente lo mismo. Deberías comprobar si realmente hay otros programas distintos de los que ofrecen las imágenes oficiales de Debian, y si están en los CD's que las contienen. Una vez esto, respecto de la publicidad que recibe Ágora, estoy totalmente de acuerdo: si traducen, o si ofrecen algo distinto, deberían recibir el tratamiento de ``Vendor release''. El problema con Debian probablemente consiste (en el caso de que efectivamente sea así, como parece) en que nadie se lo ha comunicado. Tal vez comenzaron distribuyendo una versión que podía etiquetarse como ``oficial'' y han pasado a una ``personalizada''. Si planeas distribuir la Debian Oficial en serio, tal vez lo mejor sería que te pusieras en contacto con los responsables de Debian (con una distribución Citius a mano para probar lo que dices). Creo que probablemente conseguirías que se modificara la página web. Son realmente sensibles a todos estos temas. Cuestión distinta es si puedes distribuir la Citius sin que ésta sea una Debian Oficial. Aquí hay dos aspectos diferentes: - Los programas modificados: siempre que los programas modificados estén sujetos en origen a la GPL, puedes distribuirlos (será el caso de todos los que encuentres en main), y en dichas modificaciones se incluyen las traducciones (la GPL lo señala expresamente). - Los programas de contrib casi seguro no te darán ningún problema tampoco: son programas que, si bien son principalmente libres (muchos están bajo la GPL) dependen de elementos no libres. El caso clásico es KDE: mira la licencia de /usr/doc/kdemultimedia, por ejemplo. - Los programas de non-free sí que pueden dar problemas si planeas cobrar, aunque normalmente no lo harán. Hay las licencias son realmente variopintas, desde la de acroread (que permite cualquier redistribución si se incluye el aviso de copyright y demás, a la de rar, que prohíbe cobrar sin autorización del autor, o la de mpg123, que prohíbe venderlo por dinero pero no dentro de una conjunto de software libre, como un CD). En general, si Debian puede distribuirlos, es probable que tú también,
Soporte para sonido
: En el artículo [EMAIL PROTECTED], Marcelo Ramos [EMAIL PROTECTED] escribió: Marcelo:: Hola, es mi primer mensaje en la lista. Me llamo Marcelo Marcelo:: Ramos y soy de Uruguay. Marcelo:: Tengo una duda: como se hace para tener sonido en Marcelo:: Linux. Tengo Debian 2.0 (Hamm). Instalé un paquete Marcelo:: llamado cdtool que sirve para reproducir CDs de música y Marcelo:: funciona perfectamente. Marcelo:: O sea que si se reproduce un CD de música está usando la Marcelo:: tarjeta de sonido. Pero por otro lado todos los juegos Marcelo:: que tienen sonido me reportan que no hay soporte para Marcelo:: sonido. Marcelo:: Bien, necesito algo para empezar en el tema. Desde ya Marcelo:: gracias. Hola. En la Hamm tienes que recompilar el kernel con soporte para sonido. Tienes que tener el código fuente del kernel instalado (en la Hamm venían por separado los encabezamientos, así que necesitarás -creo recordar- tenerlo todo, selecciónalo en dselect). Después tienes que entrar en /usr/src/linux y hacer un make -kpkg (para trabajar al estilo Debian) o bien un make -menuconfig o (probablemente el que te resultará más sencillo) make -xconfig (desde X y como root). Te aparecerá, de una forma u otra, un menú con opciones. La que te interesa ahora es la de sonido. Necesitarás conocer las especificaciones de tu tarjeta y hacer las selecciones adecuadas. Después compila y ya está. En todo caso, lo mejor será que leas el /usr/src/linux/README, donde están las instrucciones detalladas, o el Kernel-HOWTO. Un saludo. -- RESET
Re: Debian free pero ...
: En el artículo [EMAIL PROTECTED], Enrique Zanardi [EMAIL PROTECTED] decía: Enrique:: On Thu, Jul 15, 1999 at 12:26:17AM +0200, Antonio Castro Enrique:: wrote: :: La licencia de Debian especifica que solo los trabajos :: independientes y separados por si mismos pueden evitar que los :: terminos de la licencia GPL le sean aplicados. Ademas insiste :: mucho en el derecho a la informacion del usuario para que :: siempre conozca y pueda usar del derecho a redistribuir bajo :: GPL. Por lo tanto algunas modificaciones pretendidamente :: propietarias podr?an no serlo por no atenerse a estos :: requisitos. Enrique:: ¿A qué te documento/fichero te refieres con la licencia Enrique:: de Debian? Por el texto, parece que a la GPL ;) El problema de la creación de obras derivadas de software bajo GPL que se ponen bajo una licencia no GPL es que, en España, sólo el titular de la propiedad intelectual puede acudir a los tribunales a exigir que cese la violación. De modo que si tú sabes que se está produciendo la infracción no puedes hacer nada, salvo que te decidas a utilizar la vía penal. :: On Wed, 14 Jul 1999, Enrique Zanardi wrote: :: :: Adem?s has de tener cuidado de no hacer mal uso de alguna :: marca registrada (si Datom es marca registrada, y los CDs :: de Datom muestran mensajes de presentaci?n con esa marca, no :: puedes hacer uso de esos mensajes en tus CDs, o estar?an :: haciendo un uso no autorizado de la marca). :: :: En esto puedes tener razon. No se me hab?a ocurrido pero creo :: que mencionar una marca aclarando que es propiedad de la :: compa?ia tal no puede jamas ser uso indebido. Me parece m?s :: incorrecto vender CD's de Datom sin decir que son de Datom que :: lo contrario. Decir que son de Datom jamas puede considerarse :: mal uso. Todas las marcas pueden ser pronunciadas sin riesgo de :: cometer delito. Lo que no se puede hacer es apropiarse de la :: marca. Por eso muchos documentos aclaran tal y tal marca son :: propiedad de . Enrique:: Una cosa es nombrar una marca y otra redistribuir un Enrique:: producto protegido por esa marca. Si no, yo podría coger Enrique:: una lata de aluminio, llenarla de una bebida refrescante Enrique:: gaseosa, color marrón oscuro, ponerle un par de Enrique:: logotipos de Coca Cola en los laterales y venderla, y Enrique:: cuando me caigan encima los abogados decir pero yo dije Enrique:: que Coca Cola es una marca propiedad de foobar. Totalmente correcto. La Ley de Marcas especifica que el registro de una marca confiere al titular el derecho exclusivo a utilizarla en el tráfico económico. Si citas (en un artículo, estudio, etc.) no estás haciendo un uso comercial de la marca, lo que está permitido (a no ser que caiga dentro del ámbito de aplicación de la Ley sobre Competencia Desleal). Si redistribuyes algo, da igual que reconozcas que la titularidad de la marca no te pertenece: desde el momento en que pretendes vender, haciendo uso de la marca (diciendo algo del estilo ``CD's basados en la distribución de Datom'', ``CD's que siguen el formato Datom''), estás incumpliendo la Ley de Marcas. :: Datom usa un sistema suyo de instalaci?n multi-cd2 que :: quizas sea propietario pero la gracia es que las :: modificaciones que hizo en los CD's creo que solo permiten :: usar ese m?todo de instalacion y eso me da pie a pensar que :: legalmente Datom no podr?a reclamar nada si yo duplico los :: CD's tal cual y luego los vendo.Pues por ah? no le veo :: fundamento a tu razonamiento. Cualquiera puede escribirse de :: cero un sistema de instalaci?n propietario para Debian, y :: nadie tendr?a ning?n derecho a redistribuirlo libremente. Ser?a :: un programa independiente, as? que el autor podr?a ponerle la :: licencia que le viniese en gana. El hecho de que su uso sea :: desempaquetar debs no implica ninguna restricci?n en la :: licencia a escoger.Otra cosa ser?a que el sistema de :: instalaci?n estuviese basado en software libre... :: :: Usar el deselect, el dpkg y a?adir simplemente un nuevo metodo :: de instalacion multi-cd como ha hecho Datom no lo dir?a que es :: partir desde cero. No me parece un procedimiento :: suficientemente independiente. Todo se parece necesariamente :: demasiado a la distribucion oficial de Debian. Digo :: necesariamente porque en Debian es donde se hace la mayor parte :: del trabajo. Enrique:: Mientras el código no contenga software libre, ni esté Enrique:: enlazado (estática o dinámicamente) con una biblioteca Enrique:: libre, es un programa independiente. Por tu Enrique:: razonamiento cualquier programa Linux sería libre, a fin Enrique:: de cuentas usa el kernel y las herramientas básicas Enrique:: GNU/Linux, que son libres. Los formatos son