2008/11/6 Maykel Moya <[EMAIL PROTECTED]>:
> El jue, 06-11-2008 a las 09:11 -0500, Angel Goñi Oramas escribió:
>
>> > -----------
>> > Artículo 8 - El período de vigencia del derecho de autor (...) se
>> >   extiende a 50 años a partir de la primera publicación de la obra
>> >   (...).
>> > -----------
>> >
>>
>> 1er conflicto con la GPL y no es nada nuevo. Uno de los quid pro quo que
>> impiden se traduzca al español y sea vigente.
>
> Yo sigo teniendo duda con esto. ¿Qué es tener vigencia?

El texto se refiere a la vigencia o validez de los derechos del autor
sobre la obra, después de dicho plazo, pasa a ser del dominio público.

Saludos,

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