2008/11/6 Servilio Afre Puentes <[EMAIL PROTECTED]>: > 2008/11/6 Olemis Lang <[EMAIL PROTECTED]>: >> 2008/11/6 Servilio Afre Puentes <[EMAIL PROTECTED]>: >>> 2008/11/6 Olemis Lang <[EMAIL PROTECTED]>: >>>> 2008/11/6 Angel Goñi Oramas <[EMAIL PROTECTED]>: >>>>> >>>>> On Thu, 2008-11-06 at 09:39 -0500, Luis Zarrabeitia wrote: >>>>>> >>>>>> Quoting AngelGoñiOramas <[EMAIL PROTECTED]>: >>>>>> >>> >>> Según tengo entendido, los derechos/privilegios que otorga la ley del >>> derecho de auto sobre una obra, no son renovables. >> >> Quizás no me hice entender bien ... lo que se renueva es los términos >> de la licencia > > Eso sólo es necesario si tu licencia limita el tiempo de cesión de los > derechos sobre la obra (software), que solo tiene sentido si quieres > cobrar por licencia. En el caso del SL, no tiene sentido, y por el > contrario, usar una licencia con limitaciones de tiempo en la cesión > de derechos creará sobrecarga en los usuarios y los desarrolladores > sin dar ventaja alguna. >
Lo del tiempo limitado está estipulado por la ley cubana del derecho de autor a no ser excepciones que comentaré dentro de un rato ... Por eso se dice que la ley cubana tiene «roces» con la GPL ;) Es decir, los dos tenemos razón ... pero es así >>> Otra cosa puede ser >>> la marca comercial. >>> >> >> Sí, pero eso es propiedad intelectual ... > > Lo meten en el saco de la PI, pero no es PI. Lo que definen como PI > son marca comercial + derecho de autor + patentes (puede que algo más, > pero no recuerdo). No ... es una lástima que ahora no tenga la ley a mano, pero la ley del derecho de autor es la ley 14 y la de la prop intel es otra ... es decir la propiedad intelectual no incluye ni incluirá nunca la del derecho de autor ... y esto está regulado por normas y códigos y leyes internacs > > De parte, a mi no me gusta usar el término "propiedad intelectual", > simplemente porque implica la aceptación de la premisa que se puede > ejercer propiedad sobre las ideas. > Bueno, pero estamos hablando en términos legales ... Ud va a un tribunal y expresa que a Ud no le gusta usar el término "propiedad intelectual" y nadie lo va a tomar muy en serio porque así es como está legislado ... y en cuestiones de leyes es preciso hablar con el vocabulario técnico preciso porque sino quizás se esté hablando de otra cosa ... No es lo mismo «paternidad», que «titularidad», que «derechos patrimoniales», que, que ... aunque todo gire en torno a una misma cosa ... pero tienen matices que lo hacen diametralmente opuestos ... Por tanto, por la salud mía, y en vistas de hablar en los términos que se escribe la ley (que son los que valen, por cierto) ... seguiré utilizando los tecnicismos que están escritos por ahí. Espero que me comprendan y que cambien «Uds» porque la ley nunca se adecuará a las preferencias de cada cual. De hecho desde el pto de vista del derecho no es lo mismo homicidio que asesinato... 8$ > >>>> por tanto, hay que ver como es que se protege cada cosa ... y si hay >>>> dobles registros y la «maraña que enmaraña» ;). >>> >>> Exactamente: la marca por un lado y los derechos por otro. >>> >> >> Hay países que no permiten esto ;) ... Cuba sí ... > > Lo que no me imagino a ninguno poniéndolos juntos, de hecho eso es > parte de lo que quieren hacer los promotores fuertes del uso del > término "propiedad intelectual". «No me imagino a ninguno poniéndolos juntos» de forma tal que mi cerebro se pueda llevar una idea *no surrealista* del resultado ... Sí me imagino lo felices que son los abogados por tenerlas juntas, ser capaces de enredarlo todo mucho más y así lograr tener siempre trabajo como consecuencia de que nadie comprenda mucho o nada. > Lo que puede suceder en Cuba, y lo > cual encontraría lógico Ah ... porque Ud subestima la capacidad de los legisladores y abogados de redactar (en algunos casos ...) cosas ilógicas ?!?! > y puede que no sea único a Cuba, Las leyes internacionales también separan explícitamente el derecho de autor y la prop intel y estipulan explícitamente que es potestad de un estado soberano amparar una misma creación excluyentemente (solo uno ...) o dar la posibilidad de utilizar ambos... o sea, el caos está bien organizado :( > es que una > misma institución lleve el registro tanto de marcas comerciales como > de obras registradas para protección por el derecho de autor. > Esto puede ser, de hecho cualquiera puede hacerlo (institución o no) ... pero la idea es que una misma creación vaya por las dos vías ... DA (que es la lógica y PI=3.1415... constante ;) y PI que tiene sus propias caracts... De todas formas la respuesta está en las leyes ... -- Regards, Olemis. ------------------- Embrace change today, the Global Day against Olemofobics... Even if you've ever seen'im, Olemis exists, and he loves you All you need is a little bit of faith ... ;) (¤)(o) D'u c what I c ? >E >E >E >E >E _______________________________________________ Cancelar suscripción https://listas.softwarelibre.cu/mailman/listinfo/linux-l Buscar en el archivo http://listas.softwarelibre.cu/buscar/linux-l
